
TUS DEUDAS TIENEN SOLUCIÓN, PONLE FIN AL DICOM
¡No Repactes más!
Ponle fin a DICOM y a tus DEUDAS y recupera tu CALIDAD de VIDA acogiéndote a la Ley de Quiebras ( Ley 20.720)
Por medio de la ley de quiebras puedes evitar el embargo de tus bienes, borrar todas tus deudas y salir de DICOM sin tener que repactar y caer en la temible bicicleta económica.
Para declararte en quiebra solo debes ofrecer todos tus bienes, por muy pocos que sean, con la intención de pagar el máximo posible de tus deudas.
Requisitos para declararse en quiebra:
La Persona Deudora deberá presentar una solicitud de quiebra ante el tribunal competente. Esta solicitud deberá contener los siguientes antecedentes:
- Lista de sus bienes, lugar en que se encuentren y los gravámenes que les afecten.
- Lista de los bienes legalmente excluidos de la quiebra (bienes inembargables).
- Enumeración de sus juicios pendientes.
- Estado de deudas, con nombre, domicilio y datos de contacto de los acreedores, así como de la naturaleza de sus créditos.
¿Cuáles son los efectos del término del juicio de quiebra de la Persona Deudora?
Una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la resolución que declara el término del Procedimiento se entenderán extinguidas todas las deudas de la Persona Deudora contraídas con anterioridad al inicio del procedimiento.
La Persona Deudora que se somete a un proceso de quiebra, podrá solicitar la eliminación de sus deudas extinguidas de cualquier registro público o privado.